lunes, 15 de agosto de 2011

La pena de muerte no es posible en México, "" Para que no los engañen con eso"


La pena de muerte no es posible en México, "" Para que no los engañen con eso""
 
La pena de muerte no es posible en México, advierte académico Santiago Corcuera Cabezut, presidente relator del Grupo de Trabajo de Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la Organización de las Naciones , Unidas, fue tajante al asegurar que la pena de muerte en México está sepultada, e implantarla ahora sería violar la Constitución y tratados internacionales, por lo que no existe posibilidad alguna de volverla a retomar. Coma parte de las mesas de debate “Pena de muerte ¿es la solución?”, celebradas en la Universidad Iberoamericana Ciudad de México, Corcuera hizo una clara alusión al Partido Verde Ecologista de México, que últimamente ha inundado la ciudad con carteles alusivos a la pena capital. Como parte de la temática “La pena de muerte en México, sus límites, posibilidades y consecuencias. Consideraciones jurídicas”, dijo: “Que no propongan lo que no se puede, y si lo proponen, que nos digan cómo”, ya que para ello tendría que modificarse la Constitución, y luego no obedecer el artículo 4.3 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos. “Ninguna posibilidad, imposible (reinstalar la pena de muerte), aquel partido político que se preocupe tanto por el no sufrimiento de las vacas, y de los cerdos en el matadero, y que se preocupa por proteger a la vaquita marina, también debería preocuparse, en lugar de andar proponiendo la pena de muerte, por la protección de la vida humana… porque no es posible, jurídicamente no es posible reinstalar la pena de muerte en México”, dijo Corcuera. En el texto de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, se expresa una clara nota de progresividad, consistente en que, sin llegar a decidir la abolición de la pena de muerte (un país) adopta las disposiciones requeridas para limitar definitivamente su aplicación y su ámbito, de modo que éste se vaya reduciendo hasta su supresión final. Por otra parte, en el año 2005, un día antes del Día Internacional de los Derechos Humanos (9 de diciembre), el Senado mexicano modificó en la Constitución la pena de muerte. Eliminó el cuarto párrafo del artículo 22 que decía: "Queda también prohibida la pena de muerte por delitos políticos y en cuanto a los demás, sólo podrá imponerse al traidor a la patria en guerra extranjera, al parricida, al homicida con alevosía, premeditación y ventaja, al incendiario, al plagiario, al salteador de caminos, al pirata y a los reos de delitos graves de orden militar...” Al 22 le agregaron una frase; antes decía "quedan prohibidas las penas de mutilación, de infamia, la marca, los azotes", ahora dice "quedan prohibidas las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los azotes". En la mesa de debate “Pena de muerte ¿es la solución?”, Clemente Valdés Sánchez, profesor investigador de la Escuela Libre de Derecho, resaltó que estar una semana en alguna cárcel mexicana es peor que la pena capital porque las vejaciones que se efectúan en el interior de un centro penitenciario nunca se borran de la mente de una persona. Valdés también coincidió en que no es viable jurídicamente la reinstalación de la pena de muerte en nuestro país. Resaltó que hoy se tiene en México un sistema penal lleno de defectos. “Estoy planteando la posibilidad de aplicarla (la pena de muerte), a aquellos que han cometido 60 muertes, 40 violaciones… ¿debemos readaptarlos?”, luego apuntó que no es justo que los familiares de las víctimas tengan que mantener con sus impuestos a los delincuentes que les han matado a su padre o a su hijo. Eduardo López Betancourt, académico de la UNAM, apuntó: “La pena de muerte no disuade, yo no quiero que disuada, quiero que el que mató a mi padre, muera; me uno a Clemente, yo sí la quiero aplicar”. También resaltó que mucho más que la pena, le preocupa la aplicación y la procuración de la justicia. “Vamos a darle una oportunidad para ver si funciona”, agregó que con ello muchos criminales pensarían dos veces en cometer fechorías. Miguel Sarre Iguiniz, miembro del Subcomité para la Prevención de la Tortura de la ONU y académico investigador del ITAM, apuntó que la medida no es eficaz, que el derecho penal tiene un alcance limitado y que mejor se debería pedir a los jueces que actúen correctamente. Finalmente, Alan García Campos, consultor del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, pidió abogar por los derechos de las personas en toda sociedad y que el objetivo es claro: abolir la pena capital. Yo en lo particular como abogada y estudiosa de derechocreo, y estoy de acuerdo en la parte donde dice este es el problema real “La pena de muerte en México, sus límites, posibilidades y consecuencias. Consideraciones jurídicas”, dijo: “Que no propongan lo que no se puede, y si lo proponen, que nos digan cómo”, ya que para ello tendría que modificarse la Constitución, y luego no obedecer el artículo 4.3 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos ya que no hay nada sobre nuestra constitucion y eso lo dice el ARTICULO 133. ESTA CONSTITUCION, LAS LEYES DEL CONGRESO DE LA UNION QUE EMANEN DE ELLA Y TODOS LOS TRATADOS QUE ESTEN DE ACUERDO CON LA MISMA, CELEBRADOS Y QUE SE CELEBREN POR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, CON APROBACION DEL SENADO, SERAN LA LEY SUPREMA DE TODA LA UNION. LOS JUECES DE CADA ESTADO SE ARREGLARAN A DICHA CONSTITUCION, LEYES Y TRATADOS, A PESAR DE LAS DISPOSICIONES EN CONTRARIO QUE PUEDA HABER EN LASCONSTITUCIONES O LEYES DE LOS ESTADOS. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 18 DE ENERO DE 1934) ademas de que Mexico ratifico Convención Americana sobre los Derechos Humanos por lo tanto habria otra contradiccion legal ya que la misma constitucion no nos permite tal cosa como la pena de muerte al decir ""TODOS LOS TRATADOS QUE ESTEN DE ACUERDO CON LA MISMA, CELEBRADOS Y QUE SE CELEBREN POR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, CON APROBACION DEL SENADO, SERAN LA LEY SUPREMA DE TODA LA UNION"" y por lo tanto estamos sujetos a la Convención Americana sobre los Derechos Humanos Artículo 4. Derecho a la Vida ... See More 1. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente. 2. En los países que no han abolido la pena de muerte, ésta sólo podrá imponerse por los delitos más graves, en cumplimiento de sentencia ejecutoriada de tribunal competente y de conformidad con una ley que establezca tal pena, dictada con anterioridad a la comisión del delito. Tampoco se extenderá su aplicación a delitos a los cuales no se la aplique actualmente. 3. No se restablecerá la pena de muerte en los Estados que la han abolido. 4. En ningún caso se puede aplicar la pena de muerte por delitos políticos ni comunes conexos con los políticos. 5. No se impondrá la pena de muerte a personas que, en el momento de la comisión del delito, tuvieren menos de dieciocho años de edad o más de setenta, ni se le aplicará a las mujeres en estado de gravidez. 6. Toda persona condenada a muerte tiene derecho a solicitar la amnistía, el indulto o la conmutación de la pena, los cuales podrán ser concedidos en todos los casos. No se puede aplicar la pena de muerte mientras la solicitud esté pendiente de decisión ante autoridad competente. por lo tanto no se puede a solo que México renuncie a tal Convención Americana sobre los Derechos Humanos y la consecuencia seria una sanción económica grandísima aparte del muchas trabas internacionales en nuestra economía lo cual repercutiría mucho en el bolsillo del ciudadano común y entonces si habría mas delincuencia, mas caos, y seriamos los primeros afectados el común de la población. Y algunas otras cosas más que los que saben de derecho internacional saben lo complicado que es romper con tratado multilateral y las consecuencias para el país que incumple con estos. Por lo tanto no es posible reinstalar la pena de muerte en México, por eso no se dejen engañar con promesas de campaña, que no van a ser y nunca a no ser que sean grandes constitucionalistas y sepan romper bien los candados de la constitución, no van a poder reinstalar la pena de muerte en México.

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