lunes, 15 de agosto de 2011

LIBERTAD DE IMPRENTA


libertad de imprenta, freedom of printing por vikycr

ien el artículo 7º. Constitucional se advierte que es inviolable el derecho de toda persona física o moral, de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Sin embargo, el propio precepto establece límites al ejercicio de esa libertad, los cuales consisten en el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública. De lo que deriva que la publicación de ideas u opiniones no es ilimitada e implica que si bien la libre comunicación de pensamientos y opiniones es una garantía constitucional, quien realice ese tipo de actividades debe responder de su abuso, cuando contravenga el respeto a la vida, a la moral y a la paz pública.

Y a lo largo de la historia se ha dado de diferentes maneras, y con regulaciones especificas sobre la materia. Además del reconocimiento a derechos y libertades sociales, libertad esencial de la nación mexicana que son las que sustentan el derecho a la libre expresión, considerado fundamental entre otros derechos mandados por rango constitucional y que también son conocidos como garantías individuales, por ser aquellos derechos humanos que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza como esenciales en el sistema político que funda.

Así es que por estar especialmente vinculados a la dignidad de la persona, dentro de la norma estos derechos tienen un estatus especial por garantizarse su tutela y reforma, y es por ello que constitucionalmente existen dos vías para la tutela de garantías individuales: una, la jurisdiccional, a través de un juicio de amparo ante un juez de distrito, Tribunal Colegiado o la Suprema Corte de Justicia de la Nación del Poder Judicial de la Federación, y otra, la no jurisdiccional, mediante queja ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, CNDH, o alguna de las comisiones locales estatales.

Plasmados en el texto de la Carta Magna de 1917, entre los diversos objetivos que motivaron la Revolución Mexicana, el artículo 6 manda que «la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de terceros, provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado», en tanto que el artículo 7 enuncia que «es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad pueden establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública. En ningún caso podrá secuestrarse la imprenta como instrumento del delito. Las leyes orgánicas dictarán cuantas disposiciones sean necesarias para evitar que so pretexto de las denuncias por delito de prensa, sean encarcelados los expendedores, «papeleros», operarios y demás empleados del establecimiento de donde haya salido el escrito denunciado, a menos que se demuestre previamente la responsabilidad de aquellos».

Pero los progresos en la democracia y en materia de libertad de prensa van de la mano, y ningún país podrá vivir en paz plena sin respeto a los derechos fundamentales, la democracia y el multipartidismo, entre otras cosas, y es para que las autoridades de cada país establezcan condiciones a fin de que haya medios informativos libres e independientes, que la UNESCO tiene el mandato de defender la libertad de expresión y la libertad de prensa, dentro de su marco normativo que en el artículo I le manda asegurar para todos los pueblos del mundo «el respeto universal a la justicia, a la ley, a los derechos humanos y a las libertades fundamentales sin distinción de raza, sexo, idioma o religión»; por eso vela porque los periodistas puedan cumplir con su deber profesional en condiciones razonables de seguridad y no trabajen expuestos al peligro, como lo deja ver el creciente número de fallecidos y heridos, tanto en tiempo de paz como de guerra, cuando los periodistas no sólo pierden la vida en conflictos bélicos sino que en muchos casos son asesinados por organismos de seguridad, guerrillas o bandas de delincuentes organizados, a fin de poner término a las investigaciones sobre sus actividades delictivas.

Tarea en pro de periodistas que en ámbito nacional secundan, entre otras asociaciones civiles, la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, Fapermex, y la Asociación Michoacana de Periodistas, Amipac, al tener entre sus objetivos organizar a periodistas y al mismo tiempo posibilitarles el acceso a estudios de formación, capacitación y superación profesional, tanto para el ejercicio de su labor en concernientes negocios editoriales, y/o entidades de radio, televisión, agencias de noticias e Internet, como para que puedan incrementar o crear su propia empresa.

Queda claro que la libertad de prensa es piedra angular de derechos humanos y garantía de las demás libertades, y que además de fomentar la transparencia, la rendición de cuentas y el buen gobierno, asegura que la sociedad goce del imperio de la ley y se rija por la justicia y la equidad.

Sin embargo, respecto a la conmemoración del 3 de mayo como Día Internacional de la Libertad de Prensa, y del 7 de junio como Día de la Libertad de Prensa en México, es obvio que el logro de esa, como el de todas las demás libertades, nunca se le ha presentado a persona u organización alguna en bandeja de plata, sino que ha de ser conquistada paso a paso, palabra a palabra, con sustento en la fuerza de la razón.

Razón que a veces se ve mermada por periodistas de pocos escrúpulos ya que la libre manifestación de ideas es en un tema complicado, que atañe a la tolerancia a la diversidad de pensamiento y de expresión y cuyos matices implican desde el respeto a las personas por la forma en que se visten, hasta poder verter una opinión o percepción de la política sin miedo a represalias.

El 7 de junio se celebra el Día de la Libertad de Expresión, que en la jerga periodística se conoce como el Día de la Libertad de Prensa, instituido durante el sexenio de Miguel Alemán, cuando una inesperada escasez de papel en periodo de la posguerra colocó a la prensa en peligro de disminuir el número de páginas y tiraje. En respuesta a ello, el presidente ordenó traer papel y así asegurar su labor, lo que salvó a la prensa de una crisis que la hubiera dañado gravemente.

Un año después, en 1952, la prensa quiso reconocer el esfuerzo del presidente y, en forma de agradecimiento, aprobaron oficialmente el 7 de junio como el Día de la Libertad de Prensa, en la tercera reunión que acostumbraban sostener periodistas y el Ejecutivo y que dicha costumbre se extendió durante algunos sexenios más.

Han quedado atrás esos días y parece que se han superado (en parte) las dinámicas en las que el Estado se reserva el derecho de “señalar” el contenido de la información de los diarios o de ser éstos los “voceros” de los gobiernos. Sin duda esta situación ha cambiado con la aparición y democratización de los medios electrónicos, no obstante, pareciera que la libertad de expresión se usa más como un elemento discursivo colmado de argumentos retóricos que una realidad, pues no se reivindican del todo las batallas que han librado los periodistas en nuestro país desde la etapa posterior a la independencia.

La libre expresión tiene efectos sociales, puede servir para reproducir, transformar o destruir el poder, lo cual hace a la palabra poderosa y peligrosa a la vez; por ello es que esta práctica social se ritualiza y se reglamenta convencionalmente; por eso quieren controlarla. Basta recordar el retiro de la publicidad gubernamental que ordenó José López Portillo al semanario Proceso, dirigido por Julio Scherer, inmortalizando su censura con la frase “No pago para que me peguen”.

No puede existir libertad de prensa sin reconocer primero el derecho a la información, sin rendición de cuentas y transparencia. La prensa es el resultado de una necesidad pública, de la búsqueda de la verdad, es la representación de la voluntad general, de zurdos y diestros, de ricos y pobres, por lo que la labor periodística es fundamental para el funcionamiento de la sociedad y la libertad de expresión no debe ser más un discurso, sino un hecho. Sin embargo, la prensa, se a vuelto un monstro que ahora rara vez tiene escrúpulos pasan de libertad a libertinaje en las imprentas del país escudándose bajo la textura de derechos fundamentales del hombre y del ciudadano,, que es escudo para las personas faltas de ética y buena moral que escriben con la frase de Julio Scherer un poco adaptada a la circunstancia pego para que me paguen y extorsionar a gente y si no ceden a sus caprichos, o no les llegan al precio, la nota sale e importa poco si hay o no daño moral, al fin y al cabo, el publico tiene derecho a la información.

Entonces en que parte del camino nos perdimos?, esta es una pregunta que solo con el tiempo nos podemos contestar, de una manera objetiva, siendo que todavía nos falta camino por recorrer y acciones que modificar, recursos que implementar, y periodistas que educar e informar sobre sus derechos y obligaciones que evidentemente no conocen y si las conocen hacen caso omiso de tales principios jurídicos. Pero de algo si estamos seguros, que mientras en nuestra normatividad exista algo que frene, a personas inescrupulosas con poco sentido de la ética, y la moral, los ciudadanos de este país estaremos seguros, pues nos dan derechos y obligaciones de una forma bilateral y don el justo medio aristotélico, sin caer de exageraciones como el ius talione kantiano o en una ligera aplicación de la ley que solo existe en papel, que aunque sea positiva no es vigente, mientras exista eso, la gente en un país como México donde todo el mundo tiene su precio.


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